PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL EN EL SISTEMA JURÍDICO COLOMBIANO
En 1991 se declaró desde la
constitución política que Colombia era un estado social de derecho por lo cual
el estado tiene un papel promotor del desarrollo y la justicia con el fin de
combatir la desigualdad que hay en la humanidad, estas aspiraciones políticas y
sociales están en un plano prevalente los principios del derecho laboral estos resultan ser primordiales ya que
posibilitan el medio de subsistencia y la calidad de esta para una gran parte
de la población, en razón que es un factor económico del cual depende el
crecimiento y desarrollo de la economía.
Sus palabras claves se
dividen en varias partes las cuales son:
1°FAVORABILIDAD: Nos indica que
existen normas laborales de distinto origen pero de una misma materia, en donde
se aplica la normal más favorable para el trabajador sin embargo para saber si
una normal favorece o no al trabajador depende de cómo se resuelve la función
de los motivos que han inspirado las normas, este principio se consagra en la legislación Colombia de 3 maneras donde
cada una explica en que consiste y como se deben de aplicar las normas
estipuladas en donde se aplica la más favorable para el trabajador y que se
adapte a su integridad.
-Constitución política (Art
55)
-Código sustantivo del
trabajo (Art 21)
-Corte Constitucional
2°IN DUBIO PRO OPERARIO:
Indica la existencia de una sola normal
en la cual puede a ver más de dos intérpretes para ser aplicada en un
caso concreto en donde se toma la interpretación más favorable para el
trabajador, en el derecho laboral existen una limitación a este principio que
consiste en que se aplica al conflicto de normas pero en ningún caso a la apreciación
de los hechos ya que es muy distinto la interpretación de las normas para
favorecer al profesional a la prueba que realiza el juez para analizar los
hechos ocurridos.
Tratándose del in dubio pro
operario, en Colombia solo puede aplicarse a la norma sustancial que se
utilizará en el caso concreto, toda vez que el operador de justicia no puede
valorar los hechos y las pruebas sino conforme a la lógica y al valor
científico que en ellas se incorpora, de lo contrario estaría vulnerando el
debido proceso a otros sujetos procesales.
3°ESTABILIDAD: La
estabilidad al empleo está en dos artículos de la Constitución, artículo 53 y
125 el primero se basa exclusivamente a los trabajadores en donde es un factor
primordial para la protección de estos y el segundo habla a los servidores del
estado que garantiza la eficacia y el cumplimiento las funciones que son
confiadas al estado, por tal razón que le estabilidad tiene un doble fin,
derivado del principio de seguridad. Por un lado, garantizar un medio para el
sustento vital y, por otro, garantizar la trascendencia del individuo en la
sociedad por medio del trabajo, algunos ejemplos de los principios de la
estabilidad son:
FUERO SINDICAL: Es la garantía que tienen
algunos trabajadores de no ser despedidos, que trabajen en malas condiciones o
que sean trasladados a otros establecimientos de la misma empresa en otros
municipios distintos sin justa causa.
FUERO DE MATERNIDAD: El fuero de maternidad hace referencia a la
protección especial que la ley laboral ofrece a la mujer trabajadora que se
encuentra en estado de embarazo o en periodo de lactancia, de suerte que no se
puede despedir durante ese tiempo.
FUERO CIRCUNSTANCIAL: Es la protección que tienen los trabajadores
sindicalizados o no, que hubiesen presentado al empleador pliego de peticiones,
para no ser despedidos sin justa causa comprobada, desde la fecha de la
presentación de éste, hasta que venzan los términos legales de las etapas
establecidas para la solución del correspondiente conflicto.
FUERO POR
DISCAPACIDAD: Ninguna persona con discapacidad puede ser despedida o su
contrato terminado por la razón de su limitación, a menos que dicha limitación
le impida realizar su desempeño en el cargo, no obstante las personas que
fuesen despedidos tendrá derecho a una indemnización equivalente a 180 días del
salario.
CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA: El principio de condición más
beneficiosa no aparece expresamente definido como tal en ninguna norma ya que
se trata de un principio específico del derecho laboral, La aplicación del principio de
condición más beneficiosa determina la incorporación al nexo contractual de
un beneficio o mejora sobre las condiciones laborales legal
o convencionalmente establecidas, que haya sido concedido
al trabajador por parte del empresario.
Esta condición o mejora, declarada o reconocida como más
beneficiosa, pasa a integrarse en el contenido obligacional del contrato de
trabajo y a tener, por tanto, la consideración de un derecho adquirido para el
trabajador.
4°IRRENUNCIABILIDAD:
Es aquel que limita la autonomía de la verdad para ciertos casos
específicos relacionados contratos individuales de trabajo.
Bajo este principio, el
trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de las garantías
que le otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio. Lo que
sea renunciado está viciado de nulidad absoluta. La autonomía de la voluntad no
tiene ámbito de acción para los derechos irrenunciables esto evidencia que el
principio de la autonomía de la voluntad del derecho privado se ve severamente
limitado en el derecho laboral.
Las disposiciones
legales que regulan el trabajo humano son de orden público y, por consiguiente,
los derechos y prerrogativas que ellas conceden son irrenunciables, salvo los
casos expresamente exceptuados por la ley.
5°DERECHOS
ADQUIRIDOS: Los derechos adquiridos que, de acuerdo con la doctrina, son
aquellos que han ingresado al patrimonio del titular del derecho. Derecho
adquirido puede invocarse respecto de aquellos derechos laborales que el
funcionario ha consolidado durante su vínculo laboral. El concepto de derecho
adquirido ha sido tema de reflexión de innumerables tratadistas, muy
especialmente en el campo del derecho civil, oponiendo esa noción a la de mera
expectativa.
Los derechos
adquiridos deben ser protegidos, incluso contra una ley nueva: ésta no podría
privar de un derecho a las personas que están definitivamente investidas del
mismo, por derecho adquirido ha entendido la doctrina y la jurisprudencia,
aquel derecho que ha entrado al patrimonio de una persona natural o jurídica,
que hace parte de él y, que por lo mismo, no puede ser arrebatado o vulnerado
por quien lo creó o reconoció legítimamente.
6°MÍNIMO VITAL: Es un
principio constitucional que debe ser garantizado por el Estado. Consiste en
mantener la capacidad adquisitiva de los trabajadores en aras de no desmejorar
su calidad de vida; lo que se busca es dar la opción de progreso.
el mínimo vital garantizado
como derecho inalienable de todo trabajador, está constituido por los
requerimientos básicos indispensables para asegurar la digna subsistencia de la
persona y de su familia, no solamente en lo relativo a alimentación y vestuario,
sino en lo referente a salud, educación, vivienda, seguridad social y medio
ambiente, en cuanto factores insustituibles para la preservación de una calidad
de vida que, no obstante su modestia, corresponda a las exigencias más
elementales del ser humano.
Para el trabajador, recibir
el salario –que debe ser proporcional a la cantidad y calidad del trabajo, como
lo dispone el Art. 53 de la Constitución– es un derecho inalienable de la
persona y, por ende, el pago del mismo es una obligación del patrono, que debe
cumplir de manera completa y oportuna, a satisfacción del trabajador y de
conformidad con lo acordado. Los trabajadores, según el Art. 53 de la
Constitución, tienen derecho a una remuneración mínima, vital y móvil, lo cual
significa que el desempeño de sus labores está condicionado al pago periódico
de las sumas que el patrono se obliga a cancelarles. El pago del salario tiene
su razón de ser no solamente en el imperativo de recompensar el esfuerzo
realizado en beneficio de los fines que persigue el patrono, según las reglas
de su vinculación laboral, sino como elemental medio de subsistencia para el
trabajador y su familia

Muy interesante tu video , temas propuestos y imágenes apropiadas a cada concepto propuesto
ResponderEliminarEsta muy bien hecho tu blog, me gusto mucho el fondo que elegiste
ResponderEliminarLuisa, me parece bien hecho tu blog, todo esta bien definido.
ResponderEliminarmuy interesante tu informacion y tu video.
ResponderEliminarMuy buena preparación en tu blog y un vídeo muy claro.
ResponderEliminarTienes un blog de ideas muy interpretadoras y profundas para una base de conceptos y relaciones tanto en los derechos , las normas y leyes que se establecen para mejorar y contribuir al desarrollo y solucion de dudas y satisfacer al trabajador.
ResponderEliminarLuisa, me parece muy buenos los videos y muy dinamicos, ya que con estos uno aprende mas las definiciones de cada uno
ResponderEliminarme parece que tu blog es muy dinámico y conciso, la temática y las imagenes le dan un toque especial, y los conceptos son apropiados.
ResponderEliminarHola Luisa, en realidad me ha gustado mucho tu blog, complementas muy claro todos los conceptos y se nota tu esfuerzo, tienes buena redacción y te apropias de los objetivos de cada término en general.
ResponderEliminarluisa esta muy completo tu blog , aparte tus imágenes complementan el tema y así podemos mejorar nuestras dudas y contribuir a nuestro desarrollo
ResponderEliminarMuy interesante tu blog, es dinámico y muy completo su contenido.
ResponderEliminarmuy interesante muy completo todo tú blog
ResponderEliminarMe parece que esta muy completo tu blog, muy interesante toda la informacion y muy creativo
ResponderEliminarme parece muy buen estructurado tu blog, muy buen trabajo
ResponderEliminarme parecen muy claros los conceptos que definiste en tu blog, buen diseño, y muy dinamico tu blog, buen trabajo.
ResponderEliminarEl blog se ve que esta bien diseñado, bien redactado y las imágenes concuerdan con el tema ya que también el vídeo concuerda con varios temas adquiridos.
ResponderEliminarme gusto mucho tu blog por que cada vinculo lo lleva a una buena información relacionada con el tema, apoyándote de vídeos y imagen.
ResponderEliminarme parece un buen blog, único y dinámico me parece bien estructurado, me gusto
ResponderEliminarEsta muy agradable el blog , el vídeo ayuda mucho a complementar toda la información.
ResponderEliminarMe gusta tu blog, muy completo, buenas imágenes e información muy concreta.
ResponderEliminar