ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL
ORÍGENES DE LA LEGISLACIÓN LABORAL

Antes de que los españoles arribaran estas tierras con
planes de conquistas, los aborígenes se dedican exclusivamente a la caza, pesca
y a la agricultura y sus actividades eran regidas por el jefe del grupo de la
tribu conocido como cacique, con la llegada de estos conquistadores fueron
cambiando las costumbres de los indígenas obligándolos a dejar atrás todas sus
actividades para dedicarse a la explotación
de minas para es traer el oro.

Para lograr sus objetivos
los españoles durante la conquista y la colonia impusieron órdenes y decretos.
Estas ordenanzas y decretos fueron recopilados en el reinado de Carlos II de España,
con el nombre de legislación indiana. . A pesar del grito de
independencia y la abolición a la esclavitud por parte del libertador, esta situación
solo se cristalizo el 1 de enero de 1982, desde ese momento empiezan aparecer
nuevas leyes sociales que contribuyen el fundamento que hoy se conoce como, código
sustantivo del trabajo (CST).
-Ley 29 de 1905 se estableció
una pensión para los magistrados que llegaran a la edad de 60 años.
-Ley 57 de 1915 sobre
accidentes de trabajo, mediante el estado sufragaba todos los gastos de los
accidentes de trabajo.
-Ley 78 de 1919 Tenía por
objeto regular los aspectos relativos a la huelga y la contracción colectiva, esta ley no
hablaba del derecho a la huelga sino del fenómeno de la huelga.
-En 1936, mediante el acto
legislativo N°1, inciso 2° del artículo 20 se garantiza el derecho a la huelga
Así sucesivamente, se fueron
expidiendo cada año nuevas leyes y decretos que hacían mención a los diferentes
aspectos relacionados con el trabajo:
-Ley 96 de 1938 creo el
ministerio del trabajo, hoy en día
fusionado con el de salud y denominado ministerio de la protección social.
-Ley 90 de 1946 por medio
del cual se creó en Colombia el seguro social obligatorio.
-En el año 1950 se promulgo
el decreto legislativo N°2663 y el decreto 3743 que dieron origen a nuestro código
sustantivo del trabajo y en el cual se recopilo la incontable cantidad de
normas que, en forma dispersa y caótica, existían sobre las relaciones del
trabajo y los derechos y garantías de los trabajadores.
Los diversos decretos y
leyes expedidos por cada gobiernos son producto de las luchas incansables de
los trabajadores colombianos, quienes contra su voluntad continúan en condiciones
desfavorables en cuanto derechos, protección y garantías sociales.
En la última década dos
grandes cambios se han introducido en la legislación laboral colombiana la ley
50 de 1990 y la ley 100 de 1993. Con la ley 50 los trabajadores colombianos
perdieron grandes derechos como la retroactividad de la cesantía, la pensión y
la acción de reintegro para los trabajadores con más de diez años. La ley 100
de 1993 modifico todo lo relacionado con las pensiones e introdujo
novedosos avances al aspecto de la salud
CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO (CTS)

Contiene 3 grandes aspectos
en el campo del derecho laboral:
1°DERECHO
INDIVIDUAL DEL TRABAJO: Abarca todos los derechos y obligaciones
que asisten los trabajadores con respecto a sus empleadores y a los derechos y
obligaciones que asisten a estos con respecto a sus trabajadores.
2°EL
DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO: Contiene todos los derechos
y obligaciones que surgen entre empleadores y trabajadores organizados en
sindicatos o asociaciones profesionales.
Aparte de los dos grandes
aspectos que abarca el código sustantivo del trabajo, es decir las relaciones
laborales individuales y las relaciones laborales colectivas, también se ocupa
de la seguridad social.
3°EL
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: Fue creado por la ley 100 de
1993 y los decretos que reglamentan, aspecto que hoy constituye en la práctica
de un nuevo código denominado RÉGIMEN DE
SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA.
El sistema de seguridad
social integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la
persona y la comunidad, para obtener la
calidad de vida acorde con la dignidad
humana. La seguridad social es un
servicio público de carácter obligatorio que se presenta bajo la dirección, coordinación
y control del estado, con sujeción a los principios eficiencia. Se garantiza a
todos los habitantes el derecho de irrenunciable a la seguridad social, el
sistema de seguridad social integral está compuesto por un conjunto de instituciones
públicas y privadas, normas y procedimientos y por los regímenes establecidos
para las pensiones, la salud, los riegos profesionales, y demás servicios
sociales complementarios.
CUAL
ES EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA

Es el que enmarca nuestras
fronteras por el norte, sur, el occidente y oriente, las islas, islotes, cayos,
la plataforma continental y el mar territorial, y las naves marítimas.
Del territorio nacional
quedan excluidos, para la aplicación de la ley colombiana únicamente los
inmuebles y terrenos ocupados por las misiones diplomáticas de países extranjeros
acreditados en el nuestro.
QUE
ASUNTO REGULA EL COGIDO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
-En primer lugar, se regulan
las relaciones laborales de los trabajadores particulares con sus empleadores
-Las relaciones laborales
colectivas entre empleadores y sindicatos oficiales y particulares
Como se dice el código sustantivo
del trabajo es un aspecto colectivo, también se aplica en los trabajadores
oficiales del estado.
SERVIDORES PÚBLICOS

Los empleados públicos son
aquellas personas que presentan sus servicios a la nación, a los departamentos
y al distrito capital de Bogotá, a los municipios y a las entidades
descentralizadas y que se vinculan a la administración mediante un acto
administrativo de nombramiento de posesión, o mediante de posesión popular, tal
como ocurre con el presidente de la república.
Alguna de las
clasificaciones de los empleados públicos:
-Funcionarios de rango
constitucional
-Funcionarios públicos de
orden legal
-Empleados públicos de
carrera
-Empleados públicos en
periodo de prueba
-Empleados públicos departamentales
-Empleados públicos municipales
-Empleados públicos del
distrito capital de Bogotá
Los trabajadores oficiales
son aquellas personas que se vinculan a la administración mediante un contrato
de trabajo cuya actividad está encaminada a la construcción, conservación o
mantenimiento de las obras públicas en el orden nacional, municipal o
departamental.
Los empleados públicos están
sometidos a las relaciones con el estado, a un conjunto de normas de origen
constitucional, legal o reglamentario que determina sus funciones, deberes y
derechos.
NORMAS PROTECTORAS
DEL TRABAJO
Siendo el trabajo una obligación
social, el estado protege cualquier actividad que el colombiano elija para
procurarse la subsistencia. La constitución nacional en el artículo 25 así lo ordena:
“El trabajo es un derecho y
una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la legal protección
del estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y
justas.
QUE
ES TRABAJO?
Trabajo es toda actividad
libre, licita ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una
persona natural ejecuta conscientemente en el servicio de otra natural o jurídica,
y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectué en ejecución de un
contrato de trabajo.
“Nadie puede impedir el
trabajo a los demás ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que
les plazca, siendo licito su ejercicio, sino mediante su resolución de autoridad
competente, encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores o de la
sociedad, en los casos que se prevé la ley”
De esta manera lo único que exige la ley es que la actividad o profesión que elija el ciudadano sea lícita o permitida.
Por ejemplo no será lícita la profesión del comerciante que se dedica al
expendió de narcóticos o a la trata de blancas.
APLICACIÓN DE LAS NORMAS

Todo empleador está obligado
a observar las leyes laborales que rigen en Colombia, correcta aplicación
influye en la buena marcha de una empresa y redunda en beneficio de las
relaciones con sus trabajadores.
La no aplicación de las
normas laborales, o su aplicación incorrecta, trae como consecuencia, para el
empleador, imposición de multas y sanciones y por parte de las autoridades, las
cuales pueden hasta llegar al cierre del establecimiento, además de los
diferentes conflictos que surjan con cada uno de sus trabajadores en particular.
ORIGEN
DE LA LEGISLACIÓN DEL TRABAJO

-Legislación indiana 1650
-Ley soy libre de esclavos 1852
-Ley sobre pensión vitalicia
1905
-Ley 57 sobre accidentes de
trabajo 1915
-Ley 46 sobre las habitaciones
para los obreros 1918
-Ley 78 sobre derecho de
huelga y contracción colectiva 1919
-Constitución política de
Colombia artículo 17, acto legislativo N°1 de 1936
-Decreto 2663 y 3742 código sustantivo del trabajo
1950
-Ley 141 sobre legislación del
trabajo 1961
Comentarios
Publicar un comentario